domingo, 6 de noviembre de 2011

Competencias Vicepresidencia de la Comunidad de Madrid



Como primera entrada en este blog, veamos las competencias que tiene nuestra Vicepresidencia




En la Comunidad de Madrid la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno tiene encomendadas las siguientes competencias


1) Corresponde al Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno la coordinación e impulso de la política general del Gobierno, tanto en el ámbito interno de la Comunidad como en las relaciones de esta con otras Administraciones.

2. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno tiene a su cargo, sin perjuicio de las competencias de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, las relaciones del Consejo de Gobierno con la Asamblea y otras Instituciones y Organismos y demás atribuciones que le encomienda el artículo 42 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, exceptuada la relativa al informe sobre las propuestas de estructura y plantilla de las diferentes Consejerías.

3. Como titular de la Consejería le corresponden, además, la dirección y coordinación de la política informativa de la Comunidad de Madrid, las relaciones con los medios de comunicación, la publicidad institucional, las competencias audiovisuales, la coordinación de la sociedad de la información y del conocimiento, los procesos electorales y las funciones de Portavoz del Gobierno.

4. Como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de cultura, deporte y juventud, y en el marco de las competencias autonómicas, le corresponden las siguientes atribuciones:

a) Archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas, centros dramáticos y de bellas artes, y demás centros de depósito cultural o colecciones de análoga naturaleza, de interés para la Comunidad de Madrid, que no sean de titularidad estatal, así como la promoción de las artes plásticas.

b) La gestión, el seguimiento y el control de las actividades de promoción de la cultura y las artes escénicas, cinematográficas, audiovisuales, musicales y coreográficas, así como la organización de los festivales de la Comunidad de Madrid en el ámbito de dichas artes.

c) Ejecución de la legislación estatal en materia de propiedad intelectual.

d) Protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del Estado para la defensa de los mismos contra la exportación y la expoliación.

e) Promoción del deporte y la cultura física en sus diferentes niveles, desde el deporte de base hasta el de alto rendimiento; las relaciones con las federaciones deportivas madrileñas y con las restantes asociaciones y entidades deportivas; las relaciones con los municipios en materia deportiva; la cooperación con municipios y federaciones deportivas en materia de infraestructuras deportivas y la organización de las competiciones deportivas en el territorio autonómico, sin perjuicio de las competencias de las restantes Administraciones, organismos y entidades.

f) Ordenación y promoción de las políticas de juventud.

5. Asimismo, el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, como Jefe del Departamento, tiene atribuidas las competencias que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones en vigor.

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