domingo, 21 de octubre de 2012

Publicado el nombramiento del Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Publicado el nombramiento del nuevo Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura:


Decreto 119/2012, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a don Alfonso Moreno Gómez, Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
Ver nombramiento:
Funciones: 

Corresponde a la Secretaría General Técnica, con carácter general, el ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid

A la espera de la publicación exacta de sus funciones, nos remitimos a las desempeñadas por el Secretario General Técnico de Vicepresidencia:

Competencias

Fuente : madrid.org

1. La Secretaría General Técnica, dependiendo directamente del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, ejercerá, con carácter general, las funciones a que se refiere el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás normas autonómicas y, en su caso, estatales que le fueran aplicables y, en particular, las siguientes: 
         a) La coordinación intraadministrativa de todos los órganos y de la Administración Institucional de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, así como con el resto de Consejerías de la Administración de la Comunidad de Madrid.
         b) Las relaciones institucionales de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno con otras entidades.
         c) El asesoramiento, asistencia jurídica y técnica al Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno y a las distintas unidades adscritas a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, así como la coordinación de estas últimas, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Dirección General de los Servicios Jurídicos.
         d) El conocimiento y elevación al Consejo de Gobierno o a sus Comisiones de los expedientes y proyectos de disposiciones y acuerdos que vayan a ser sometidos a dichos órganos colegiados a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, así como la formulación de propuestas de disposiciones generales sobre asuntos de su competencia o de los atribuidos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno que no sean competencias de otro Centro Directivo, y la propuesta de publicación de disposiciones y resoluciones administrativas.
         e) El análisis de los anteproyectos de Ley y proyectos de disposiciones reglamentarias de Gobierno elaborados por las otras Consejerías.
         f) La evaluación final, antes de elevarlas al órgano decisor, de las resoluciones administrativas a adoptar por el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno y, en su caso, la formalización de las mismas.
        g) La propuesta de resolución de recursos administrativos y reclamaciones interpuestos contra disposiciones y actos cuya resolución corresponda al titular de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, siempre que no esté atribuida a otros órganos, incluyendo las ­resoluciones de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
         h) La tramitación de expedientes en materia de expropiación forzosa, en el ámbito de las competencias de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
         i) La tramitación de los expedientes de contratación.
         j) La confección de la propuesta del anteproyecto del presupuesto y seguimiento de su ejecución, y la tramitación de ­expedientes de gasto.
         k) La organización y gestión de los servicios generales y el régimen interior, y de los Registros y los servicios de información.
         l) El inventario y administración de los bienes afectos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
         m) La gestión de los fondos documentales y la difusión de datos y publicación, así como la ordenación y diligenciamiento de los expedientes administrativos, su archivo y custodia.
         n) El estudio y jerarquización de las necesidades informáticas de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, la planificación y coordinación de actuaciones para su satisfacción y el apoyo y asesoramiento a los distintos órganos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
         ñ) El análisis, valoración y tramitación de las propuestas de racionalización de la estructura orgánica y funcional de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, así como la propuesta de elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
        o) La organización, control, gestión y resolución, incluida la gestión presupuestaria, de los asuntos relativos al régimen de personal adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores en materia de personal.
         p) El ejercicio, de las funciones de coordinación y control de las medidas de seguridad aplicables a los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal correspondientes al sistema de información de personal SIRIUS, respecto del personal adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
         q) Cualesquiera otras funciones que resulten necesarias para el ejercicio de las competencias de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, no asignadas a otros Centros Directivos de la misma.

2. Corresponden específicamente a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno las siguientes competencias:

        a) La canalización de las relaciones institucionales de la Comunidad de Madrid no residenciadas en otros Centros Directivos.
        b) La coordinación e impulso, bajo la superior autoridad del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno y del Viceconsejero de la Vicepresidencia y Secretario General del Consejo del Gobierno, del programa legislativo del Gobierno, analizando las distintas propuestas legislativas de las Consejerías y confeccionando los anteproyectos de Ley y demás disposiciones generales de la Consejería, así como de todas aquellas que tengan carácter institucional.
        c) El Registro de Convenios, en el que se depositan las copias de los convenios celebrados por las Consejerías, sus Organismos Autónomos y demás Entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
        d) El Registro establecido en el artículo 4 de la Ley 3/1985, de 22 de marzo, de la Medalla de la Comunidad de Madrid.
        e) El Registro de Academias que, teniendo su sede en la Comunidad de Madrid, desarrollen su actividad específica principal en el territorio de la misma, en los términos previstos en la Ley 15/1999, de 29 de abril, de las Academias de ámbito de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 32/2000, de 2 de marzo, que regula la estructura y funcionamiento del citado Registro.
        f) Las relaciones con el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual, órgano adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, así como la provisión de los medios personales y materiales necesarios para el cumplimiento de las funciones de aquel.
        g) La gestión de los procedimientos derivados del Protectorado de fundaciones cuyos fines tengan relación con las competencias atribuidas a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
        h) La autorización previa para la contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios en cualquier medio de difusión, excepto en diarios oficiales, por parte de las distintas unidades de la Administración de la Comunidad de Madrid, Organismos ­Autónomos, Empresas Públicas y resto de Entes Públicos, a excepción del Ente Público Radio Televisión Madrid.
       i) La recepción de la comunicación previa de la contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios, excepto en diarios oficiales, por parte de las empresas en cuyo capital social participe de forma significativa, directa o indirectamente, la Comunidad de Madrid.
        j) Las competencias relativas a la organización de los procesos electorales previstas en el Decreto 17/1987, de 9 de abril, por el que se regulan las condiciones materiales y aquellos otros aspectos necesarios para la celebración de elecciones a la Asamblea de Madrid.

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