lunes, 3 de diciembre de 2012

CSIF y los días de libre disposición


CSI·F, ha presentado un escrito al Director General de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid, proponiendo que se aplique la máxima flexibilidad para el
disfrute de los días de vacaciones y días de asuntos propios pendientes de disfrute del
período 2012.

CSI·F, entiende la máxima flexibilidad como que el Empleado Público pueda disponer:

• De los 22 días de vacaciones de 2012, los pendientes de disfrute a 31/12/12 de
forma individual dentro del primer semestre del año 2013.

• De los días de asuntos propios de 2012, los pendientes de disfrute a 31/12/12
de forma individual dentro del primer semestre del año 2013.

Como sabéis a través del artículo 8 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio se
reducían los días moscosos de 6 a 3 anuales, desaparecían los “canosos” de cualquier
tipo, los del EBEP, los de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado y los del Acuerdo
Sectorial, pero a través de la Disposición transitoria primera del mismo Real Decreto,
respetaba para el año 2012 el disfrute de los días libres generados conforme a la
anterior normativa.

Por otro lado el art. 18 del Acuerdo Sectorial y el art.27 del Convenio Colectivo,
permitían el disfrute de los días libres pendientes generados hasta el mes de enero del
año siguiente al que se generaron.

CSI·F, propone que para el año 2013 éstos días libres pendientes, puedan disfrutarse
no sólo durante el mes de enero sino hasta el 30/06/12

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