jueves, 28 de marzo de 2013

Aclaraciones sobre jornada de Empleados Públicos

El 31 de enero de 2013 se publicaron en el BOCM las "Instrucciones de 29 de enero de 2013, del Director General de Función Pública, en materia de jornada de los empleados públicos durante el año 2013".

Posteriormente se hacen necesarias unas aclaraciones que el Director General de Función Pública establece y resumiendo, son las que siguen:

1) Siempre que exista ausencia al trabajo por enfermedad o accidente, cualquiera que sea su duración, se requerirá justificante médico de la misma (valdrá el justificante de asistencia a cualquier médico).

2) Cualquiera que sea la duración del contrato y tiempo de prestación de servicios, serán cuatro los días en los que podrá un trabajador ausentarse del trabajo por enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal, los cuatro días serán por el cómputo del año y no por cada uno de los contratos del trabajador.

3) Los cinco días independientes de vacaciones se pueden disfrutar unidos.


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